MINHACIENDA PUBLICÓ DECRETO REGLAMENTARIO DE ECONOMÍA NARANJA
En días pasados se publicó el Decreto 268 de 2020, mediante el cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reglamentó el artículo 235-2 del Estatuto Tributario, en relación con la renta exenta aplicable a las empresas que desarrollan actividades de economía naranja.
A través de este Decreto, se regularon los requisitos y formalidades que deberán cumplir las empresas que desean acceder a este beneficio tributario. Puntualmente, fueron regulados los siguientes aspectos:
- Definición de las empresas de economía naranja.
- Descripción y listado de las actividades propias de (i) Las industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas; (ii) El turismo cultural, y (iii) El deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.
- Determinación del monto mínimo de empleados con los que deben contar las empresas de economía naranja.
- Monto mínimo de la inversión que deben realizar las empresas de economía naranja.
- Contenido y requisitos de presentación de la solicitud de calificación de los proyectos de inversión, la cual debe elevarse ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura.
- Condiciones de aplicación y procedencia del beneficio de renta exenta por desarrollo de actividades de economía naranja.
- Cláusula anti elusión, destinada a evitar el uso indebido de este tipo de beneficios fiscales.