En atención a la contingencia actual que se vive por el COVID-19, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución No. 53 del 28 de mayo de 2020, mediante la cual modificó fechas para la presentación de información exógena tributaria nacional, así:
Grandes contribuyentes
Último Dígito |
Fecha |
0 |
16 de junio de 2020 |
9 |
17 de junio de 2020 |
8 |
18 de junio de 2020 |
7 |
19 de junio de 2020 |
6 |
23 de junio de 2020 |
5 |
24 de junio de 2020 |
4 |
25 de junio de 2020 |
3 |
26 de junio de 2020 |
2 |
30 de junio de 2020 |
1 | 01 de julio de 2020 |
Personas jurídicas y naturales
Últimos dos dígitos del NIT |
Plazo máximo para el envío de información en el año 2020 |
91 a 00 |
16 de junio de 2020 |
81 a 90 |
17 de junio de 2020 |
71 a 80 |
18 de junio de 2020 |
61 a 70 |
19 de junio de 2020 |
51 a 60 |
23 de junio de 2020 |
41 a 50 |
24 de junio de 2020 |
31 a 40 |
25 de junio de 2020 |
21 a 30 |
26 de junio de 2020 |
11 a 20 |
30 de junio de 2020 |
01 a 10 |
01 de julio de 2020 |
Asimismo, la Administración de Impuestos expidió la Resolución No. 54 del 28 de mayo de 2020, mediante la cual amplio nuevamente el plazo para la presentación de la información exógena cambiaria correspondiente al primer trimestre de 2020, fijando como plazo máximo para la transmisión el último día hábil del próximo mes de junio de 2020. Dicha información debe ser presentada por personas jurídicas o naturales y corresponde a:
NOTA: La información suministrada en el presente documento es de carácter general e ilustrativo, y no constituye una asesoría legal en casos particulares. El presente documento se preparó con base a las leyes, resoluciones, conceptos o demás reglamentación de contenido legal expedida por las entidades antes mencionadas.
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