Nuevos Impuesto a productos ultra procesados

El impuesto saludable que grava bebidas azucaradas y alimentos ultra procesados tiene como objetivo promover la salud pública en Colombia debido a que las probabilidades de sufrir enfermedades como obesidad, diabetes, caries dental entre otras han aumentado en los últimos años por el alto consumo de estos productos.


Por tal motivo, se presentó una reforma tributaria en el gobierno de Gustavo Petro para las bebidas azucaradas y los alimentos ultra procesados de forma gradual. Lo quiere decir que para alimentos comestibles ultra procesados se manejaran las siguientes tarifas:


  • Durante el año 2023 tendrán una tarifa progresiva del 10%
  • Durante el año 2024 se tendrá una tarifa progresiva del 15%
  • Durante el año 2025 tendrá una tarifa progresiva del 20%.

En el caso de las bebidas ultra procesadas la base gravable se determina en función del contenido en gramos por cada 100 ml de bebida o equivalente estableciendo una tarifa progresiva entre 2023 a 2025, según la cantidad de gramos de azúcar añadido de la siguiente manera: 


Año

Cantidad de gramos de azúcar añadido

2023

-6g $0 // ≥ 6g y- 10G $18 // ≥ 10g $35

2024

-6g $0 // ≥ 6g y -10G $28 // ≥ 10g $55

2025

-5g $0 // ≥ 5g y -9G $38 // ≥ 9g $65


El periodo gravable para estos impuestos será bimestral. El plazo para efectuar el pago de los impuestos correspondientes al bimestre de noviembre-diciembre de 2023 se extenderá del 10 al 23 de enero de 2024, de acuerdo con el último dígito del NIT mediante el formulario 505-Impuestos a la importación de bebidas ultra procesadas azucaradas y productos comestibles ultra procesados industrialmente y/o con alto contenido de azucares añadidos, sodio o grasas saturadas y el Formulario No. 690 –Recibo oficial de pago de tributos aduaneros y sanciones cambiarias versión 9.


El responsable o sujeto pasivo de este impuesto son los productores y/o importadores de los productos mencionados, así como las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos, derivados de la venta de estos productos superiores a 10.000 UVT ($42.412.000) en el año anterior o durante el año en curso.

Recomendamos que las compañías lleven a cabo una evaluación y/o análisis para determinar si sus productos se encuentran dentro de alguna de estas dos categorías y si cumplen con las condiciones necesarias para ser sujetos de estos impuestos.